
Existen circunstancias que nos interesarÃa contratar un seguro de hogar, si somos inquilinos de un inmueble alquilado, para evitar hacer frente a posibles daños ocasionados a otras personas con tu patrimonio. La creencia que si el arrendador y el inquilino contratan sus respectivos seguros de hogar, algunas coberturas se duplican o superponen es falsa, puesto que en función de quién sea el responsable de un viable siniestro será una póliza u otra la que se haga responsable de cubrir el siniestro en el hogar.
Nadie nos exige contratar un seguro del hogar, como inquilino, no hay ley alguna que asà lo exprese. Tampoco el propietario del inmueble nos puede pedir que lo contratemos para poder acceder a la vivienda.
A la hora de contratar nuestro seguro de hogar deberemos saber qué es el continente. El continente es en sà la vivienda donde vas, o estas residiendo. Se puede asegurar a primer riesgo para asà poder arreglar cualquier elemento que no nos permita el uso de la vivienda y poder disfrutar del inmueble en condiciones óptimas. Además sà efectúas alguna reforma en el contenido, estas obligado a comunicarlo a la compañÃa aseguradora donde has contratado tu seguro del hogar para que asà este cubierta la reforma.
Otro concepto básico que tenemos que tener en cuenta es el contenido, que no es otra cosa que el mobiliario del arrendatario para la póliza de seguro de hogar del arrendatario, pero en esta póliza no estarán reflejados nuestro mobiliario, enseres, ropa, joyas, dinero y tarjetas de crédito, electrodomésticos, etc., por lo que todos esto elementos, todo este contenido, podrás incluirlo en tu póliza de hogar como inquilino. Acuérdate de cada cierto periodo de tiempo de actualizar el valor de tu contenido asegurado en tu póliza de hogar.
Pero la principal motivación o porqué de la contratación de tu seguro de hogar, no es otra que la Responsabilidad Civil, esta cobertura es necesaria para no responder por los perjuicios que se hayan originado bajo tu responsabilidad con tu propio patrimonio, por los daños que puedas causar en la vivienda o por los daños que puedas producir a terceros.
Vamos a presentarte algunas situaciones por la que si eres un inquilino de una vivienda arrendada, serÃa muy aconsejable la contratación de un seguro de hogar por tu parte:
- Desde nuestra terraza o balcón, se cae una maceta que tenÃamos allÃ, a la calle y produce daños considerables al coche que estaba aparcado debajo de nuestro balcón, si no poseemos un seguro de hogar seremos nosotros los que deberemos abonar los desperfectos ocasionados al propietario del coche.
- Al igual que en el caso anterior, si nuestro animal de compañÃa, nuestro perro ocasiona daños, ya sean personales o materiales a terceras personas, si no tenemos seguros de hogar también deberemos hacernos cargos de los daños ocasionado.
- Si se produjese un robo de cualquiera de tus pertenecÃas en tu vivienda alquilada, el seguro de hogar contratado por el arrendatario no se hará responsable de este suceso, pero si posee un seguro de hogar contratado por ti, la compañÃa de seguros sà se hará cargo del desagradable suceso.