El otro dÃa hablamos sobre los tipos de seguro que podÃamos contratar en función de nuestras necesidades y veÃamos el seguro a todo riesgo con franquicia. La franquicia es la cantidad económica pactada en la póliza del seguro a través de la cual se marca un lÃmite de responsabilidad si se producen daños en el vehÃculo.
En muchos casos, es un concepto desconocido por los conductores que desean contratarla, que no saben exactamente qué es ni qué conlleva.

A la hora de elegir un seguro con franquicia debemos tener en cuenta que existen dos tipos de franquicia:
- La franquicia absoluta: es aquella en la que la empresa de seguros solo ha de abonar la diferencia entre los daños causados en el vehÃculo y la cantidad pactada en la póliza del seguro, es decir, la franquicia en sÃ. Es la más conocida entre los conductores y la que más se suele contratar. Pero cuidado, si el importe de los daños ocasionados en el vehÃculo es inferior a la franquicia que hemos contratado, la empresa de seguros no nos cubrirá.
- La franquicia relativa: la franquicia relativa conlleva que si el importe de los daños del vehÃculo son superiores a la franquicia pactada, la aseguradora correrá con todos los gastos. Sin embargo, si los gastos de la reparación son iguales o inferiores a la franquicia, el seguro no nos cubre y nosotros tendremos que hacernos cargo. Es la menos conocida y la que menos se contrata en la póliza.

Para entender mejor los conceptos vamos a poner varios ejemplos:
Franquicia absoluta: si la cantidad pactada en el seguro es de 300 euros y los gastos del accidente son de 500 euros, la empresa aseguradora sólo abonará la cantidad de 200 euros, y el resto lo pagará el contratante del seguro. Pero si los gastos del accidente son de 200 euros y nuestra franquicia es de 300 euros, en este caso, la empresa no nos cubrirá y nosotros tendremos que hacerle frente.
Franquicia relativa: si la franquicia es de 300 euros y el importe de los daños del vehÃculo es de 1000 euros, la empresa de seguros correrá con todo los gastos del accidente. Si el importe de los daños es de 250 euros y la franquicia es de 300 euros, la aseguradora no pagará nada y nosotros tendremos que abonar el total del importe.