Peatón. Son las personas que, transitan a pie por las vÃas. También son quienes dirigen un carrito de niño, silla de ruedas de una persona discapacitada o cualquier otro vehÃculo sin motor, los que llevan una bicicleta o ciclomotor de dos ruedas.
 
Tenemos la conciencia que el peatón, a ser la parte más débil de que componen los entes que circulan por las carreteras o vÃas están exentas de responsabilidad alguna; y no es asÃ. El Reglamento General de Circulación, pone de manifiesto que el peatón puede ser sancionado económicamente por actuaciones sancionables a través de una multa.
Las actuaciones o hechos por los cuales los peatones pueden ser sancionados son:
1. Si en paso a nivel con barrera o sin ella, un puente móvil o un túnel, el peatón no se coloca en la zona indicada por la señalización, si hay barrera detrás de ella; pueden ser sancionados. Además si no hacen caso a la señalización corren un gran peligro que podrÃa costarle su propia vida.
2. El no uso del chaleco reflectante cuando se abandona el coche para ocupar la calzada para colocar los triángulos y se espera la asistencia.
3. No se podrá andar por el arcén o por la calzada cuando exista una zona peatonal transitable, mientras no llevemos algún objeto voluminoso y su circulación por la zona peatonal fuese una molestia para los demás; cuando se trate de un grupo de peatones dirigido por una persona y, cuando se trate de un discapacitado en silla de ruedas con o sin motor.
Recordamos que los peatones deben andar por la izquierda cuando vayan por una vÃa interurbana, salvo las circunstancias impidan que no puedan hacerlo por ese lado o cuando por seguridad se deba cambiar el lado a escoger.
4. El peatón deberá abrir las puertas del vehÃculo con él ya parado y una vez que haya comprobado que no existe peligro para el ni para el resto a la hora de bajarse. Deberemos subir y bajar al coche por el lado más cercano a la acera.
5. No hacer caso a las indicaciones de los agentes, patrullas escolares, personal de Protección Civil, personal de obras… que estén regularizando el tráfico, siempre que estos estén adecuadamente uniformados.
6. Hacer caso omiso a una señal de entrada prohibida. Son señales que prohÃben la entrada y que pueden están dirigidas a conductores y o a peatones. Las señales estarán de frente al sentido de la marcha.
7. La luz roja de un semáforo con forma de una silueta de una persona es una indicación para los peatones y si se encuentra activada el peatón debe respetarla y para su marcha, pues la circulación de los coches esta activada; y no hacer caso a ella conlleva un riesgo para la vida del peatón y puede significar una sanción.
8. Andar por una autopista o autovÃa, a excepción que lo haga para dirigirse al poste de socorro más próximo.
Si no se respetan estas indicaciones, susceptibles de sanciones, pueden ser causa de atropellos en carretera según diferentes estudios. La próxima Ley de Tráfico, permitirá el examen de alcoholemia o el test de drogas al peatón, con el fin de depurar responsabilidades en un trágico accidente y no condenar automáticamente al conductor del vehÃculo, simplemente por llevar en sus manos un vehÃculo.
